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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283770
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 552
NULIDAD.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 552
La acción de nulidad fundada en error, prescribe por el lapso de cinco años, a no ser que el que incurrió en el error, lo conozca antes de que expire ese término, caso en el cual la acción prescribe a los sesenta días, contados desde aquel en que el error fue conocido.
Precedentes
Amparo civil directo 712/22. Gallardo José Luis. 31 de agosto de 1925. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Gustavo A. Vicencio, Ernesto Garza Pérez y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.