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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283771
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 552
PRESCRIPCION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 552
Si se declara que la acción ha prescrito, no es necesario hacer declaración expresa sobre si se probó, o no, la acción, ya que, existiendo o no, si su ejercicio ha prescrito, la declaración hecha en este sentido, resuelve el litigio.
Precedentes
Amparo civil directo 712/22. Gallardo José Luis. 31 de agosto de 1925. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Gustavo A. Vicencio, Ernesto Garza Pérez y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.