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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283800
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 628
AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 628
La Suprema Corte tiene competencia para conocer directamente del amparo, si éste se endereza contra sentencias que resuelvan el fondo del negocio; y que, por tanto, son definitivas para los efectos del juicio de garantías.
Precedentes
Amparo civil directo 2112/21. "Castillo Hermanos". 8 de septiembre de 1925. Mayoría de seis votos en cuanto al primer punto resolutivo. Mayoría de ocho votos, en cuanto al segundo. Ausente: Francisco M. Ramírez. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Salvador Urbina, Sabino M. Olea, Gustavo A. Vicencio y Manuel Padilla; Jesús Guzmán Vaca y Salvador Urbina respectivamente. La publicación no menciona el nombre del ponente.