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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283808
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 645
DENUNCIOS MINEROS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 645
El derecho que la Ley Minera concede al denunciante para construir mojoneras, no constituye precisamente un derecho a la posesión, sino, más bien, un deber que la ley impone a los denunciantes, con objeto de fijar los límites del predio denunciado, pues la posesión la confiere el título, de tal manera que, mientras éste no sea expedido, aquélla no existe, y, por tanto, no puede reclamarla en la vía de amparo, el denunciante que carezca de ese título.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 780/19. Hernández Raquel. 9 de septiembre de 1925. Mayoría de seis votos. Disidentes: Salvador Urbina y Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.