Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/283878
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
283878
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 867

PRESTACION DE SERVICIOS.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 867

Precedentes

Amparo civil directo 1740/25. González y González Ernesto. 24 de septiembre de 1927. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo XXI, página 10. Amparo civil directo 2701/26. Garza José María de la. 1o. de julio de 1927. Mayoría de diez votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XVII, página 826. Amparo civil directo 1660/23. Ortega y Fonseca Paulino. 2 octubre de 1925. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Ernesto Garza Pérez, Teófilo H. Orantes y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 283878