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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283895
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 868
TERCERO PERJUDICADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 868
No puede tenerse a nadie como tercero perjudicado en los amparos administrativos, cuando los actos que se reclamen han sido seguidos de oficio por las autoridades a quienes se señala como responsables.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Haces Manuel. 7 de octubre de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.