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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283900
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 879
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 879
Cuando se conceda el amparo por la violación de las leyes del procedimiento, se devolverán los autos al tribunal responsable, para que el procedimiento sea repuesto, no habiendo ya lugar a estudiar las violaciones de las leyes de fondo.
Precedentes
Amparo civil directo 39/25. Sota Riba Manuel de la. 9 de octubre de 1925. Mayoría de cinco votos. Los Ministros Salvador Urbina, Jesús Guzmán Vaca y Francisco Díaz Lombardo no votaron, por los motivos que se expresan en el acta del día. Disidentes: Manuel Padilla, Gustavo A. Vicencio y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.