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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283906
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 901
HERENCIAS Y LEGADOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 901
Los Jueces que aprueben proyectos de división o autoricen la separación del juicio sucesorio, sin el pago del impuesto del timbre, incurren en responsabilidad, que se traduce en una multa del quíntuple del valor de las estampillas omitidas.
Precedentes
Amparo civil directo 543/20. Navarrete y V. Jesús. 12 de octubre de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.