Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/283921
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283921
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 946
MANIFESTACION PARA EL COBRO DE IMPUESTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 946
El hecho de exigir la manifestación respectiva para el cobro del impuesto de patente, no causa a aquel a quien se exige, perjuicios de difícil reparación, pues la sola presentación no significa que se exija, desde luego, contribución alguna; por lo que, contra tal hecho, no procede conceder la suspensión.
Precedentes
Tomo XVII, página 1670. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 3424/25. Ferrocarriles Nacionales de México. 29 de octubre de 1925. Unanimidad de diez votos. Ausente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVII, página 946. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3111/25. Ferrocarriles Nacionales de México. 16 de octubre de 1925. Unanimidad de diez votos. Ausente: Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVII, página 1670. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 3110/25. Ferrocarriles Nacionales de México. 16 de octubre de 1925. Unanimidad de diez votos. Ausente: Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.