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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283934
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 988
MANDATO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 988
No puede admitirse en juicio, poder otorgado a favor de dos o más personas, con cláusula de que nada puede hacer o promover una de ellas, sino con el concurso de las otras, pero sí puede concederse un poder simultáneamente a diversas personas, y cuando éstas se presentan a promover en un mismo asunto, están obligadas a elegir un representante común, sin que esto sea obstáculo para los acuerdos que tomen entre sí, respecto de las promociones que haya de hacer el electo.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 215/25. Madera Carlos y coagraviados. 19 de octubre de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.