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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283988
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1080
MULTA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1080
La que impongan los Jueces del Distrito, por considerar que se ha promovido un amparo con notoria falta de motivo, debe revocarse, si la Corte, al revisar, concede la protección federal.
Precedentes
Amparo civil en revisión 259/25. Gálvez Arcadio. 26 de octubre de 1925. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.