Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/284000
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284000
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1107
IMPEDIMENTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1107
Los motivos de impedimento contra un funcionario federal, que aleguen las partes en el juicio de amparo, deben ser precisos, y es obligación de quien los propone, probarlos debidamente, sin que esté en la potestad de la Corte suplir las omisiones en que incurran las partes, y debe imponerse una multa a quien no pruebe las causas del impedimento que propone.
Precedentes
Amparo civil 34/25. Impedimento del Juez Cuarto Supernumerario de Distrito, del Distrito Federal, propuesto en el amparo promovido por Carretero de Souza Virginia, contra actos del Juez Séptimo de lo Civil de la capital. 26 de octubre de 1925. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.