Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/284009
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
284009
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1136

RESOLUCIONES AGRARIAS.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1136

Precedentes

Tomo XVII, página 1718. Indice Alfabético. Amparo 2283/23. Matienzo Andrés. 19 de noviembre de 1925. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Jesús Guzmán Vaca, Francisco M. Ramírez y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XVII, página 1718. Indice Alfabético. Amparo 2985/22. Allende Lidia y S. 19 de noviembre de 1925. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Jesús Guzmán Vaca y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XVII, página 1718. Indice Alfabético. Amparo 2898/25. Bazúa Rodolfo. 5 de noviembre de 1925. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Ricardo B.Castro y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XVII, página 1136. Amparo administrativo. Revisión del auto de improcedencia 2671/25. Ramírez Vallejo Manuel. 29 de octubre de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 284009