Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/284009
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284009
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1136
RESOLUCIONES AGRARIAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1136
El plazo para pedir amparo en contra de ellas, comienza a contarse desde que el agraviado tiene conocimiento de la existencia del acto que se reclama, lo que se presume por la publicación del fallo presidencial en el periódico oficial respectivo, o por la notificación que por escrito hagan al interesado que autoridades que intervienen en la ejecución, a menos que conste en el expediente relativo, que con anterioridad tenía el interesado conocimiento legal de esa resolución.
Precedentes
Tomo XVII, página 1718. Indice Alfabético. Amparo 2283/23. Matienzo Andrés. 19 de noviembre de 1925. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Jesús Guzmán Vaca, Francisco M. Ramírez y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVII, página 1718. Indice Alfabético. Amparo 2985/22. Allende Lidia y S. 19 de noviembre de 1925. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Jesús Guzmán Vaca y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVII, página 1718. Indice Alfabético. Amparo 2898/25. Bazúa Rodolfo. 5 de noviembre de 1925. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Ricardo B.Castro y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVII, página 1136. Amparo administrativo. Revisión del auto de improcedencia 2671/25. Ramírez Vallejo Manuel. 29 de octubre de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.