Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/284026
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284026
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1183
TIMBRES FALSIFICADOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1183
El uso de timbres falsificados no constituye una simple infracción a la Ley de Timbre, sino un acto que entraña responsabilidad criminal, que no puede ser definido, ni calificado, ni mucho menos penado, sino por las autoridades judiciales, y no por las administrativas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1677/21. Brassetti Manuel. 3 de noviembre de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.