Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/284097
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284097
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1319
POSICIONES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1319
Todo litigante está obligado a declarar bajo protesta, en cualquier estado del juicio, contestada que sea la demanda, hasta la citación para sentencia, sobre hechos personales y que tengan relación con el asunto; y en los mismos términos deben hacerlo sus abogados y procuradores.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3509/25. Fernández de Fuente Parres Josefina. 4 de diciembre de 1925. Mayoría de seis votos. Disidentes; Jesús Guzmán Vaca, Salvador Urbina, Leopoldo Estrada, Francisco M. Ramírez y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.