Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/284127
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284127
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1389
PAGO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1389
La liquidación de las cantidades que se deban, por utilidades obtenidas en las sociedades mercantiles, durante la época de la circulación fiduciaria, debe hacerse mes por mes, reduciendo las obligaciones al tipo de equivalencia del mes a que se contraen, y no sujetarlas a una sola equivalencia, formada con el promedio de todas las utilidades obtenidas en los diferentes meses que comprenda la liquidación.
Precedentes
Amparo civil directo 3647/23. González Eusebio. 12 de diciembre de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.