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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284138
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1416
COSTAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1416
En materia de costas debe aplicarse la ley vigente en el momento en que la sentencia fuere pronunciada. Cuando la ley determina quien es el responsable de las costas, éstas no pueden ser materia de convenio.
Precedentes
Amparo civil directo 625/23. Breckenridge Napoleón Bonaparte. 15 de diciembre de 1925. Unanimidad de nueve votos, en cuanto a los puntos resolutivos. Mayoría de siete votos en cuanto a los fundamentos. Disidentes: Sabino M. Olea y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.