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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284144
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1430
DESOCUPACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1430
El decreto de 14 de septiembre de 1916, expedido por el primer jefe del Ejército Constitucionalista, para los tribunales del mismo carácter, y que concedía un plazo de tres meses a los inquilinos, para desocupar la finca arrendada, ha dejado de estar en vigor, conforme al artículo 6o., transitorio, de la Constitución Federal de 1917.
Precedentes
Amparo civil en revisión 298/25. Salgado María. 15 de diciembre de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.