Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/284194
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
284194
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1515

SUSPENSION.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1515

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Montelongo Dionisio. 29 de diciembre de 1925. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo XVI, página 386. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Mier Sebastián B. de, sucesión. 20 de febrero de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XIV, página 1136. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Miranda Rafael y coagraviados. 2 de abril de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XIV, página 764. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Truchuelo José María. 23 de febrero de 1924. Mayoría de seis votos. Disidentes: Manuel Padilla, Sabino M. Olea, Leopoldo Estrada, Ricardo B. Castro y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XIV, página 88. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Pat y Valle Crisanto. 4 de enero de 1924. Mayoría de siete votos. Disidente: Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XIV, página 60. Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. Santa Ana Miguel G. 4 de enero de 1924. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XIII, página 211. Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. Díaz de León Leandro. 17 de agosto de 1923. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XII, página 521. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Regidores del Ayuntamiento de Tacubaya. 3 de marzo de 1923. Mayoría de siete votos. Los Ministros Alberto M. González y Enrique Moreno no intervinieron en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo VIII, página 232. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión.Vidaurrázaga viuda de Alamán Josefa, sucesión de. 28 de enero de 1921. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Benito Flores, Ernesto Garza Pérez y Enrique Moreno no votaron en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo VIII, página 215. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Mexican Gulf Oil Company. 25 de enero de 1921. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Benito Flores y Ernesto Garza Pérez no votaron en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo VIII, página 39. Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Brilanti Luis. 4 de enero de 1921. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Agustín Urdapilleta y Alberto M. González no votaron en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo VII, página 1111. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Scholtz viuda de Iturbe Trinidad y coagraviada. 24 de septiembre de 1920. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Adolfo Arias y Alberto M. González no votaron en este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo VII, página 570. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Gómez Ligero Ignacio. 5 de agosto de 1920. Mayoría de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González e Ignacio Noris no votaron por las razones que se expresan en el acta del día. Disidente: Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo VI, página 495. Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. García Pedro P. 13 de marzo de 1920. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Ignacio Noris, Patricio Sabido y Gustavo A. Vicencio no votaron en este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo VI, página 228. Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. Galicia Cándido. 27 de enero de 1920. Mayoría de seis votos. El Ministro Enrique Moreno no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidentes: Adolfo Arias, Benito Flores, Gustavo A. Vicencio y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo VI, página 217. Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. García Antonia. 27 de enero de 1920. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Benito Flores y Enrique Moreno no intervinieron en la votación de este asunto por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo VI, página 214. Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Córdoba viuda de Moreno Zaragoza. 27 de enero de 1920. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Benito Flores y Enrique Moreno no intervinieron en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo V, página 894. Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. R. viuda de Pérez Ignacia. 9 de diciembre de 1919. Mayoría de siete votos. Disidentes: Gustavo A. Vicencio y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo V, página 819. Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. Landaverde Arturo. 18 de noviembre de 1919. Unanimidad de diez votos en cuanto a la suspensión y mayoría de siete en cuanto a que se conceda sin fianza y sin depósito. El Ministro Enrique Moreno no votó en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidentes: Alberto M. González, Adolfo Arias y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo V, página 97. Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Fernández Federico. 8 de julio de 1919. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Alberto M. González y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo V, página 8. Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. Martínez Leopoldo y coagraviados. 1o. de julio de 1919. Unanimidad de diez votos. Ausente: Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente Tomo IV, página 646. Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. Imaz Baume Arturo y coagraviados. 21 de marzo de 1919. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: José M. Truchuelo, Enrique García Parra y Agustín Urdapilleta.. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo III, página 950. Amparo civil. Revisión del auto que negó la suspensión. Varela Ramón e hijo. 28 de septiembre de 1918. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros José M. Truchuelo, Agustín Urdapilleta, y Enrique Moreno, no votaron en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo II, página 545. Amparo civil. Revisión del auto de suspensión. Hodgins Thomas J. 16 de febrero de 1918. Mayoría de ocho votos. El Ministro Enrique Moreno no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidentes: Enrique Colunga y Santiago Martínez Alomía. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo II, página 313. Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Río Enrique. 2 de febrero de 1918. Unanimidad de diez votos. El Ministro José María Truchuelo no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: En los Tomos V, página 97, III, página 950 y II, página 313, esta tesis aparece publicada bajo el rubro "SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.".
Registro digital (IUS): 284194