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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284201
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1530
BARRIOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1530
Contra las resoluciones que manden dotar de ejidos a los barrios de las ciudades, procede conceder la suspensión, porque careciendo esos barrios de capacidad jurídica para adquirir tierras, no existe el interés social que hay generalmente, en los casos de dotación de ejidos acordadas en favor de los pueblos, de conformidad con la Ley Agraria.
Precedentes
Tomo XVII, página 1574. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 1222/24. Laris Francisco G. y socios. 31 de diciembre de 1925. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVII, página 1530. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 899/23. Laris Rubio José. 31 de diciembre de 1925. Unanimidad de diez votos. Ausente: Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XVI, página 493, tesis de rubro "BARRIOS.".