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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284230
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 80
EXHORTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 80
Los del orden penal que se libren de un Estado a otro, para ser obsequiados, deben llenar las condiciones fijadas por la Ley Reglamentaria del Artículo 113 de la Constitución de 1857, idéntico al 119 del la vigente; y la negativa a diligenciar los que no llenen esas condiciones, es fundada.
Precedentes
Controversia. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de Salinas, San Luis Potosí y de lo Penal de Aguascalientes. 7 de julio de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.