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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284248
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 132
MINUTAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 132
El tenedor de una minuta no tiene más derecho que el de exigir a la otra parte contratante, que esta minuta se eleve a escritura pública y mientras esta formalidad no se llene, el contrato no está perfeccionado, ni el adquirente investido de los derechos que le puede conceder el convenio concertado.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Cortés Severiano. 9 de julio de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.