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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284256
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 149
FIADOR EN EL PROCESO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 149
Es obligación de todo fiador en un proceso, presentar ante el juzgado, a su fiado, cuando sea requerido para ello; y la falta de cumplimiento de esa obligación trae como consecuencia que se haga efectiva la fianza correspondiente, sin que sean obstáculo para ello, las irregularidades en el procedimiento, cometidas por el juez, que podrán, o no, ser causa de responsabilidad, pero que no desligan al fiador de su obligación.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Gómez Ladislao. 10 de julio de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.