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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284259
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 158
DEMANDA DE AMPARO EXTEMPORANEA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 158
No puede calificarse como tal, la que se presente dentro de los quince días que la ley previene, aunque la ratificación de la misma demanda se haga después de concluido ese plazo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia. Ruiz Indalecio. 11 de julio de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.