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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284269
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 196
ACUSADORES O DENUNCIANTES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 196
Para que se les pueda tener como parte en los amparos contra resoluciones del orden penal, es preciso que se hayan constituido parte civil en el proceso, y que se trate de actos que afecten sus intereses de carácter civil; y si tales circunstancias no están comprobados, ni pueden reconocerles el carácter de terceros perjudicados.
Precedentes
Queja en amparo penal. Gulf Coast Corporation y coagraviado. 16 de julio de 1924. Mayoría de nueve votos. Disidente: Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.