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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284277
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 217
DEMANDA OBSCURA O IMPRECISA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 217
Es improcedente pedir su aclaración cuando quien la presenta, puede promover por su propio derecho, o por otra persona, o por ambas a la vez.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia. Villarreal Apolonio. 17 de julio de 1924. Mayoría de seis votos. Disidentes: Manuel Padilla, Salvador Urbina, Leopoldo Estrada, Jesús Guzmán Vaca y Francisco M. Ramírez y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.