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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284287
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 234
AGRAVIOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 234
Su falta de expresión, cuando se trata de amparos del orden penal, puede ser suplida por la Corte, a fin de restituir al quejoso en el goce de las garantías violadas.
Precedentes
Amparo penal en revisión. López José de Jesús. 21 de julio de 1924. Mayoría de seis votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Ernesto Garza Pérez, Francisco Díaz Lombardo, y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.