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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284316
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 307
PECULADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 307
Según lo han establecido la mayoría de los autores de derecho, es un delito contínuo, ya que las diversas distracciones que se hacen de los fondos, obedecen a una misma inclinación viciosa, pues no existen tantas infracciones cuantas sean las sustracciones de dinero, sino que debe estimarse como un solo delito, por la cantidad faltante en total.
Precedentes
Competencia. Suscitada entre el Juez Numerario de Distrito de Coahuila, y el del mismo ramo, en Nuevo León. 4 de agosto de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.