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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284335
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 379
POSESION PROVISIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 379
Si bien ha sido jurisprudencia constante de la Corte, negar la suspensión respecto de las posesiones provisionales decretadas en favor de los pueblos, como el interés público también exige que se respeten las resoluciones presidenciales en materia agraria, procede conceder la suspensión cuando ya exista algún fallo presidencial, negando la dotación de ejidos.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Iriarte Braulio. 8 de agosto de 1924. Mayoría de siete votos. Disidentes: Ernesto Garza Pérez, Sabino M. Olea, Salvador Urbina y Leopoldo Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.