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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284386
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 524
PEQUEÑA PROPIEDAD.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 524
Si bien es cierto que la sociedad y el Estado tienen interés en que se lleven a cabo las providencias sobre dotación de ejidos, también lo es que lo tienen en que se respete la pequeña propiedad; y, por tanto, procede conceder la suspensión, cuando dichas dotaciones de ejidos afecten fundos que puedan considerarse pequeña propiedad.
Precedentes
Tomo XV, página 1528. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 1343/24. Hoyo Guillermo y coagraviado. 12 de diciembre de 1924. Unanimidad de diez votos. Ausente: Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XV, página 524. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1360/24. Hoyo Samuel. 22 de agosto de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.