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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284409
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 595
LEY AGRARIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 595
Siendo el objeto fundamental de esta ley, remediar la necesidad que de tierras tienen los pueblos, donde esa necesidad no exista, no tiene razón de ser la aplicación de esa ley, porque tal cosa importa una violación de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Ortiz viuda de Berriozábal Adela y coagraviados. 4 de septiembre de 1924. Mayoría de diez votos. Disidente: Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.