Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/284458
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284458
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 769
QUERELLANTE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 769
La ley no impone al querellante, la obligación de citar en la querella, los artículos respectivos de la ley penal, sino sólo que se precise el hecho delictuoso, y que se cumplan las demás formalidades establecidas por la misma ley.
Precedentes
Amparo penal en revisión. González Meléndez Jerónimo. 25 de septiembre de 1924. Mayoría de nueve votos. Disidente: Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.