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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284498
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 888
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 888
Es improcedente concederla cuando el acto reclamado no emana de las autoridades a quienes se señala como responsables.
Precedentes
Tomo XV, página 1525. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 2584/24. Sánchez Antonio. 7 de octubre de 1924. Mayoría de diez votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XV, página 888. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 925/24 Anaya José Cosme. 7 de octubre de 1924. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea y Leopoldo Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.