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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284524
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 954
ACUSADOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 954
Todo acusado será tenido como inocente, mientras no se pruebe que cometió el delito que se le imputa, y que él lo perpetró.
Precedentes
Amparo penal directo. Arteaga Patricio. 14 de octubre de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo VIII, página 990. Amparo penal directo. Jiménez Gilberto. 8 de junio de 1921. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo III, página 1321. Amparo penal directo. Hernández Alberto C. 20 de diciembre de 1918. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Enrique Colunga, Enrique García Parra, Enrique Moreno y Manuel E. Cruz. Ausentes: Alberto M. González y Santiago Martínez Alomía. La publicación no menciona el nombre del ponente.