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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284536
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 989
PRUEBAS EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 989
La negativa de las autoridades a expedir las copias necesarias para el amparo, o a remitir, en su caso, originales, los expedientes, no puede remediarse por medio de un nuevo amparo, sino por medio de la queja que señala el artículo 79 de la ley orgánica.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de improcedencia. Paura María. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.