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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284549
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1001
PATENTES DE INVENCION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1001
El propietario de una patente tiene el derecho de perseguir ante los tribunales, a los que atacaren su derecho, ya por la fabricación industrial de la patente, ya por el empleo o uso industrial del procedimiento o método patentado, o bien porque, con un fin comercial, conserven en su poder o pongan en venta, vendan o introduzcan en el territorio nacional, uno o más efectos de los patentados o fabricados sin su consentimiento.
Precedentes
Recurso de súplica. Compañía Limitada del Ferrocarril Mexicano. 20 de octubre de 1924. Unanimidad de once votos, el punto relativo a la improcedencia de la nulidad, y por mayoría de seis votos, en cuanto a la improcedencia de la reconvención opuesta por el demandado, y sobre el punto relativo a no haber lugar en condenar en costas, a la compañía recurrente. Disidentes: Manuel Padilla, Sabino M. Olea, Salvador Urbina, Leopoldo Estrada y Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.