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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284568
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1071
EMBARGO DE RENTAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1071
El que por razón de adeudos no fiscales, hagan las autoridades, no deben ser suspendido, toda vez que, quedando esas rentas en poder del depositario, pueden ser devueltas a la parte quejosa, si obtiene la protección federal.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. González Matamoros Fernando y coagraviado. 28 de octubre de 1924. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Salvador Urbina, Leopoldo Estrada y Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.