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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284578
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1091
ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1091
La autoridad judicial sólo podrá librar orden de aprehensión o detención, cuando se llenen los requisitos prevenidos por el artículo 16 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Chabolla Miguel. 30 de octubre de 1924. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Leopoldo Estrada, Jesús Guzmán Vaca, y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.