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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284586
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1122
REMATE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1122
El amparo que se pida contra el acto mismo del remate que no es más que la ejecución del auto en que se mandan sacar a pública subasta los bienes secuestrados no puede considerarse extemporáneo, si se ha promovido dentro del plazo constitucional, aunque hayan pasado más de 15 días de la notificación del auto que mandó sacar a subasta los bienes, pues este auto y su ejecución son actos distintos.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Pantoja y Pantoja Manuela. 4 de noviembre de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.