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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284603
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1180
SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1180
Si no se interpone dentro de los cinco días siguientes a la notificación del fallo que se recurre, descontando los días feriados, debe ser desechada por improcedente.
Precedentes
Recurso de súplica. Revisión del auto que negó la admisión del recurso. Cásares de Barbachano Carmen. 17 de noviembre de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.