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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284605
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1182
AGRAVIOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1182
Si los agravios se fundan en los considerandos de la sentencia que se recurre en súplica, basta que uno solo de sus fundamentos sea legítimo, para que también lo sea la conclusión, como lo ha reconocido la Suprema Corte de Justicia en diversas ejecutorias.
Precedentes
Recurso de súplica. Abascal y Compañía. 17 de noviembre de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente,