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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284606
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1182
COSTAS EN LA SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1182
Siempre que la sentencia de la Suprema Corte de Justicia, esté conforme de toda conformidad con la de segunda instancia, debe condenarse en costas al recurrente.
Precedentes
Recurso de súplica. Abascal y Compañía. 17 de noviembre de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente,