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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284618
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1232
QUEJA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1232
La establecida por el artículo 52 de la Ley de Amparo, sólo puede interponerse en los casos previstos por el mismo artículo, sin que la Corte pueda extender ese recurso a otros casos distintos.
Precedentes
Queja en amparo civil. Friedeberg Guillermo. 3 de diciembre de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.