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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284632
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1268
TERCERO PERJUDICADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1268
Si en la demanda no se señala como tercero perjudicado a determinada autoridad o persona, no se está en el caso de entregarle la copia de la demanda, como lo previene el artículo 74 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Guadarrama David G. 9 de diciembre de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.