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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284648
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1327
REVISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1327
Siendo el amparo de estricto derecho, al revisarse un fallo, la Suprema Corte sólo tomará en cuenta los agravios que el recurrente formule contra la sentencia del Juez de Distrito.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Eduardo y Alfredo Noriega. 17 de diciembre de 1924. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Francisco Díaz Lombardo y Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.