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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284655
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1344
DERECHOS POLITICOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1344
Cuando su violación puede entrañar también la de garantías individuales, que no se pueden estimar sino mediante la tramitación del recurso de amparo, es inconcuso que la demanda relativa debe ser admitida.
Precedentes
Amparo mixto. Revisión del auto de improcedencia. Sánchez José María. 19 de diciembre de 1924. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Ricardo B. Castro, Jesús Guzmán Vaca, Ernesto Garza Pérez y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.