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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284656
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1348
ACTOS CONSUMADOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1348
No pueden considerarse así, para los efectos del amparo, lo que cabe dentro de lo posible, que sean reparados por la autoridad responsable.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Fundación Mier y Pesado. 22 de diciembre de 1924. Mayoría de nueve votos, respecto al primer capítulo resolutivo. Disidente: Ernesto Garza Pérez; mayoría de seis votos, con respecto al segundo resolutivo. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Francisco M. Ramírez, Teófilo H. Orantes y Ricardo B. Castro, y respecto del tercero, mayoría de ocho votos por que se confirmara la sentencia recurrida. Disidentes: Ernesto Garza Pérez, y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.