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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284661
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1360
PAPEL MONEDA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1360
Si al recibir un pago en papel moneda, se protestó aceptar a buena cuenta la cantidad recibida, y en la debida proporción, y tal protesta creó una situación jurídica, es incuestionable que el pago relativo está sujeto a liquidación, según las reglas establecidas en las leyes de pagos en vigor.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Rivera viuda de Macotela Guadalupe. 22 de diciembre de 1924. Mayoría de seis votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Ernesto Garza Pérez, y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.