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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284673
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1398
LIQUIDADORES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1398
Cuando los acreedores de una compañía dirigen su acción contra el liquidador o liquidadores, estos sólo estarán obligados a cubrir sus créditos con los fondos de la sociedad, y si por no alcanzar tales fondos, resultare algún saldo a su favor, pueden deducirlo, por ese mismo saldo, en contra del socio o socios que lo tengan a bien.
Precedentes
Recurso de súplica. Chávez Serafín. 29 de diciembre de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.