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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 284676
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1399
SOCIEDADES EN NOMBRE COLECTIVO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1399
La solidaridad establecida en el artículo 100 del Código de Comercio, es una garantía para los extraños, pero no para los socios, cuando contratan con la sociedad, por que aun cuando toda sociedad constituye una personalidad jurídica distinta a la de los asociados, no pueden desligarse de su carácter de socios y, por consiguiente, de su propia responsabilidad solidaria.
Precedentes
Recurso de súplica. Chávez Serafín. 29 de diciembre de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.